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jueves, 16 de octubre de 2014

Reserva de la biosfera de Urdaibai: su normativa jurídica de protección. Recorrido Bakio-Gernika.

ESTUDIO DE LA NORMATIVA JURÍDICA DE PROTECCIÓN DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE URDAIBAI Y RECORRIDO DESDE BAKIO A GERNIKA



Legislación sobre la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

Ley de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.  
Decreto 313/1992 por el que se desarrolla la Ley de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, sobre emisión de informes por el Patronato.  
Decreto 242/1993 por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.
MODIFICACIONES:

DECRETO 27/2003 
DECRETO 181/2003 de modificación del Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, para delimitar como área a Ordenar por el Planeamiento Urbanístico (OPU) el Barrio de Kanala. Decreto 164/1995 por el que se crea el Consejo de Cooperación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.


MODIFICACIONES:

Decreto 197/1997 
Decreto 258/1998 por el que se aprueba el programa de armonización y desarrollo de actividades socioeconómicas de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.  
ORDEN de 18 de noviembre de 2004, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba definitivamente el Plan de Acción Territorial de Encinares Cantábricos de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

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 Ruta que une las localidades de Bakio y Gernika, pasando por San Juan de Gaztelugatxe y su Biotopo Protegido para subir al monte Burgoa y luego, ya en la Reserva de la Biosfera de Urdaibai llegar a Bermeo (todo este tramo por el PR BI 179), de Mundaka a Sukarrieta y por la ría  Oka llegar a Gernika.
Acceso: en autobús se accede a Bakio (Bizkaibus), y regreso de Gernika en tren (Euskotren).
Distancia: 38 km.
Desnivel positivo: 1700 m.
Recorrido: Bakio-Bermeo por la PR BI 179; Bermeo-Gernika por la costa. PR BI 179: En Bermeo existe una leyenda que dice que San Juan, tras desembarcar en este puerto, llegó en tres trancos hasta la ermita de San Juan de Gaztelugatxe. Este es el recorrido que en este primer tramo se va a realizar, solo que se saldrá
desde Bakio.

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Varias partes del texto está sacado de la normativa que regula el Biotopo Protegido de San Juan de Gatzelugatxe, de la Reserva de la Bisofera de Urdaibai o de la recientísima declaración (se aprobó días después de realizar el recorrido) de ZEPA marina de Espacio marino de la Ría de Mundaka-Cabo de Ogoño.
En definitiva nos encontramos en uno de los lugares del País Vasco y en especial de Bizkaia con más figuras de protección medioambientales, lo que denota la extraordinaria riqueza de los Espacios protegidos por esa variada normativa.

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 Paya de Bakio. Inicio de este recorrido.

"Siguiendo la impronta de las tres huellas que San Juan dejó tras desembarcar en Bermeo, llegaremos hasta el peñón culminado por la ermita que le rinde nombre. Un corto viaje que nos transporta desde las aguas del puerto de Bermeo hasta una salvaje costa, donde la fuerza del agua y de la roca y los valores históricos se han conjugado armónicamente, conllevando a la declaración de este espacio como biotopo protegido".


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La Ermita de San Juan de Gaztelugatxe, sobre la misma y su entorno es uno de los lugares del País Vasco con más protección medioambiental. Es el segundo lugar de Bizkaia, después del museo Guggenheim, en recibir visitas.
La ermita de San Juan de Gaztelugatxe está situada sobre un peñón perdido en el Cantábrico, unido al continente por un rústico puente, y el acceso a la ermita se realiza tras la subida de los 241 peldaños de una escalinata. El paisaje desde la ermita es bellísimo.
Es una roca dominante que simula un castillo en la mar. A su nombre se le pueden dar dos significados: Gaztelu-aitz (peña del castillo) y Gaztelu-gache (castillo áspero o difícil).
El espacio comprendido entre cabo Matxitxako y Bakio constituye uno de los tramos costeros de mayor interés de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los valores son múltiples, destacando los roquedos que, casi verticales, forman con el mar un conjunto paisajístico sobresaliente, en cuyo centro se sitúan el tómbolo de Gaztelugatxe y el islote de Aketxe. 
Los materiales geológicos son calizos en la zona occidental, alcanzando Gaztelugatxe, Akatx y Artatia Punta. En la zona oriental los materiales son silíceos, constituyendo un flisch margo-arcilloso. 
En un reducido territorio se pueden observar diversas formas ligadas a la acción modeladora del mar, en función de los materiales geológicos: formación de islotes aislados, acantilados, tómbolos, canales, cuevas, etc. 
Los fondos marinos son rocosos en todo el área, a excepción de pequeños núcleos arenosos. En este sustrato rocoso se asientan poblaciones típicas de la costa vizcaína, con algas de gran porte (como Laminaria spp. y Saccorhiza polyschides) que sirven de alevinaje a especies piscícolas y comunidades bien establecidas.
Se le nombra en el año 1.053, en una donación de Doña Tota Ortiz y Enneko López al monje Zianno, del monasterio de San Juan de la Peña (Huesca), monasterio de los más influyentes de la edad media.
En 1.071, "el rico home bizcaino Garci González de Argamendi" donó "al mismo monasterio de San Juan de la Peña de Aragón, otras tierras y usas y ejidos que pertenecían a San Juan de la Peña de Bizcaya".
La peña es un lugar estratégico para el dominio de la costa. De hecho, la historia afirma que Gaztelugatxe constituyó uno de los bastiones de resistencia contra la vanidad y el ansia de rapiña de Alfonso XI, Rey de Castilla: en su arriesgado recinto se defendieron siete caballeros vizcainos (entre ellos Don Juan Nuñez de Lara, señor de Bizkaia) con sus mesnadas (entre ellos los bermeanos Juan de Mendoza y Martín de Aróstegi) que resistieron más de un mes los ataques de un ejército bien organizado; humillado, tuvo que retirarse el Monarca dejando su ejercito en píe de guerra; en vista de la osadía y serenidad de los sitiados obligaron a la retirada a las tropas. Era 1.334, y Gaztelugatxe escribía su página guerrera más brillante.
Ámbito territorial del Biotopo Protegido. 
El Biotopo Protegido de Gaztelugatxe comprende las rocas, islas, islote de Aketxe, tómbolo de Gaztelugatxe, acantilados costeros, playas, canal de Centella, área de dominio público marítimo-terrestre de acuerdo con el título primero de la Ley 22/1988, de Costas, entre el límite este del monte patrimonial de la Diputación Foral de Bizkaia y el canal de Centella, así como la parte marítima y submarina comprendida dentro de la delimitación establecida en la cartografía adjunta y que se reproduce en el anexo único del presente Decreto.

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Los fondos marinos son rocosos en todo el área, a excepción de pequeños núcleos arenosos. En este sustrato rocoso se asientan poblaciones típicas de la costa vizcaína, con algas de gran porte (como Laminaria spp. y Saccorhiza polyschides) que sirven de alevinaje a especies piscícolas y comunidades bien establecidas. 
Una de las comunidades más habituales en la zona es la de Gelidium sesquipedale, que se localiza a poca profundidad en lugares batidos por el oleaje (de 0 a 7 m), mientras que entremezclada con élla, en zonas más resguardadas y profundidades de 5 a 12 m, aparece Cystoseira sp. Ambas especies sirven de refugio y creación de hábitats diversificados para multitud de invertebrados.

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Además, la presencia de un terreno quebrado, con multitud de cuevas y pasajes submarinos, hace que se localicen poblaciones esciáfilas de manera generalizada. Las grietas de la base de los acantilados presentan una relativamente abundante población de percebe (Pollicipes cornucopiae). 
La inaccesibilidad de los acantilados e islotes crea las condiciones adecuadas para la estabilización de importantes poblaciones de aves marinas, como cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis), gaviota patiamarilla (Larus argentatus) y paiño común (Hydrobates pelagicus), además de la nidificación de paloma bravía (Columba livia). 

 
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Más tarde en el año 1.596, a primeros de Septiembre, llegaron a la Isla de Izaro 14 navíos de herejes de La Rochele, tras incendios y destrozos, se dirigieron a San Juan de Gaztelugatxe robando cuanto hallaron en el santuario de la roca, y despeñando a su ermitaño.
Tiene San Juan de Gaztelugatxe bastante más historia: de trapicheos, de piratas, de luchas y de naufragios provocados por las tempestades, entre ellos, el que sufrió un navío regio perteneciente a la escuadra que llevó de Flandes a Laredo al príncipe Don Felipe y que se desmantelo casi por completo entre Gaztelugatxe y Aketxe. El Gaztelugatxe de hoy es un lugar mecido por la leyenda y en el que se celebran unas entrañables y alegres fiestas los dias 24 de Junio (San Juan Bautista) y el 29 de Agosto (San Juan Degollado). Página web Ayuntamiento de Bermeo.
La vegetación de acantilados está muy bien representada. Destaca la presencia de una población de Armeria euskadiensis, especie endémica de la costa vasca, así como la presencia del acebuche u olivo silvestre (Olea europaea var. sylvestris), especie relíctica de otros tiempos más cálidos, que tiene en estos acantilados una de las muy escasas localidades conocidas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. 
El Biotopo Protegido toma el nombre de la ermita de San Juan de Gaztelugatxe, la cual tiene un indudable interés histórico, ligada a ritos y creencias ancestrales y desde donde se divisan magníficas panorámicas que atraen un elevado número de público. 

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La pequeña iglesia dedicada a la Degollación de San Juan, que permanece cerrada la mayor parte del tiempo, data del siglo X y algunos la consideran de origen templario, lo que es imposible puesto que dicha orden no fue creada hasta el año 1119, y documentos anteriores a esta fecha acreditan su existencia. En el año 1053 fue donada, por Íñigo López, señor de Vizcaya, al monasterio de San Juan de la Peña situado cerca de Jaca en Huesca.

Escalera de acceso a San Juan de Gaztelugatxe
En 1593 sufrió un ataque corsario a manos de Francis Drake en el que fue saqueada, este fue uno de los muchos incidentes que ha sufrido a lo largo de su historia donde se ha incendiado varias veces. El último el 10 de noviembre de1978 en el que resultó destruida. Dos años más tarde, el 24 de junio de 1980 se reinauguraba nuevamente.
En la explanada e interior de la ermita se han hallado enterramientos medievales del siglo IX y XII. La jurisdicción religiosa a la que pertenece la ermita es la de la parroquia de San Pelayo de Baquio. 
La ermita alberga varios exvotos de marinos que se han salvado de algún naufragio. Según una tradición una vez alcanzada la ermita hay que tocar la campana tres veces y pedir un deseo. (Wikipedia). Según estoy escribiendo estas lineas oigo en la televisión que San Juan de Gaztelugatxe ha sido elegida como la ganadora de Las 7 Maravillas Naturales en la votación organizada entre mayo y junio pasado por Allianz Global Assistance y en la que se registraron más de 80.000 votos de los internautas. En primer lugar quedó clasificado el peñón de Gaztelugatxe, en Bermeo (Bizkaia), seguido del Parque Natural de Somiedo, en Asturias, y el Parque Natural de Cabo de Gata, en Almería. Completan la lista el paraje leonés de Las Médulas, el Parque Natural de las Lagunas de Ruidera, en Castilla-La Mancha, Fuente Dé, en Cantabria, y la playa de As Catedrais, en Ribadeo (Lugo).
A la elección de las 7 Maravillas aspiraban otros trece parajes: La Selva de Irati, el Parque Nacional de Timanfaya, el Parque Nacional de las Islas Atlánticas, el Monasterio de Piedra, el Parque Nacional del Teide, Río Tinto, el Parque Nacional de Monfragüe, el Torcal de Antequera, las Cuevas del Drach, el Parque Nacional de Doñana, el Parque Natural de la Albufera, el Macizo de Montserrat y el Hayedo de Montejo.

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El Gobierno Vasco elaboró la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. En ella se crean tres categorías de espacios naturales protegidos: el parque natural, el biotopo protegido y el árbol singular.
 
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Poco a poco nos acercamos al monte Burgoa 447 m. En la foto superior la localidad de Bakio con el monte Jata a la izquierda de la foto y el Ermua a la derecha. En la foto inferior la cima del Burgoa y al fondo,el de las antenas el Sollube.
La Directiva 2009/147/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva Aves), se aplica a todas las especies de aves que viven normalmente en estado silvestre en el territorio europeo de los Estados miembros, y tiene por objetivo la protección, la administración y la regulación de dichas especies y de su explotación. En cumplimiento de las obligaciones de la Directiva Aves, los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para preservar, mantener o restablecer una diversidad y una superficie suficiente de hábitats para todas las especies de aves objeto de protección, entre cuyas medidas se recoge la creación de zonas de protección.
Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) designadas en virtud de la Directiva Aves forman parte de la Red Natura 2000, creada por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitat). El objeto de la Red Natura 2000 es garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural.La Red Natura 2000 es una red ecológica coherente formada por Lugares de Importancia Comunitaria, Zonas Especiales de Conservación y Zonas de Especial Protección para las Aves, y constituye un instrumento fundamental dentro de la política europea en materia de conservación de la naturaleza. Ambas directivas establecen los criterios para la selección y la designación de los lugares de la Red Natura 2000, y obligan a los Estados miembros a incluir en dicha red especies y hábitats marinos incluidos en sus anexos, con la finalidad de garantizar la protección y la conservación de la biodiversidad marina.
A partir de la cima comienza administrativamente la reserva de la Biosfera de Urdaibai, según la dirección que se lleva.

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El ámbito territorial de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, es el siguiente:
Norte: desde el Cabo Matxitxako a la punta de Arbolitz, incluyendo la isla de Izaro.
Sur: desde Bizkargi hasta Oiz por la divisoria de aguas del río Ibaizabal y el río Oca.
Este: desde la punta de Arbolitz y siguiendo la divisoria de aguas entre el río de Laga y la cuenca del río Ea hasta Ereño, de aquí al alto de Bustarrigan, y por la divisoria hasta Nabarniz. Desde Nabarniz, siguiendo la divisoria de aguas con la cuenca hidrográfica del río Lea hasta el balcón de Bizkaia y de aquí al monte Oiz.
Oeste: desde el cabo Matxitxako, por la cumbre de Burgoa y siguiendo la línea de cumbres hasta Sollube.
De aquí, siguiendo la divisoria de aguas con la cuenca hidrográfica del río Butron, pasando por Rigoitia hasta el monte Bizkargi.

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Bermeo y Ogoño. Desembocadura del río Oka.  

En el ámbito estatal, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, incorpora al régimen jurídico español lo establecido en las Directivas Aves y Hábitat. En su artículo 43 establece que serán declaradas ZEPA los espacios del territorio nacional y de las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional más adecuados en número y en superficie para la conservación de las especies de aves incluidas en el anexo IV de la mencionada ley y para la conservación de las aves 
migratorias de presencia regular en España. Además, se establecerán en las ZEPA medidas para evitar las perturbaciones y medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat que garanticen la supervivencia y reproducción de las especies de aves objeto de protección. 
Vistas desde la cima, dentro de poco los pinos las taparán,de Bermeo y su puerto, el estuario de la ría de Mundaka y el cabo de Ogoño junto a la playa de Laida.


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Llegando a Bermeo.

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El arco de San Juan, única puerta de acceso de la antigua muralla del S.XIV que queda en pie. Todavía conserva unas ranuras del antiguo sistema levadizo de cierre de la puerta. 

 
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Puerto de Bermeo en la parte vieja.


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En la réplica de un buque ballenero, el Aita Guría, actualmente desarbolado por un temporal de viento, observo esta libélula. En la cubierta tiene su territorio de caza, los diez minutos que la he estado observando han sido espectaculares. No sé si por el color negro de la cubierta, por el calor de ese lugar o por otros motivos, hace que el lugar esté con insectos que la libélula intenta capturar. Hay que reconocer que si esta se mueve "eléctricamente" sus potenciales víctimas tienen parecidos reflejos. Se pueden observa algunos por su tamaño como la esquivan. En fin, todo un espectáculo.

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Astilleros de Bermeo.


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Dejo Bermeo donde se ve detrás el monte Burbona y el cabo Matxitxako.

Para el caso de las especies de carácter migratorio que lleguen regularmente a territorio español, se tendrán en cuenta las necesidades de protección de sus áreas de reproducción, alimentación, muda, invernada y zonas de descanso, atribuyendo particular importancia a las zonas húmedas y muy especialmente a las de 
importancia internacional.

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El valle y estuario de la ría de Urdaibai constituye un espacio natural muy valioso por la diversidad y originalidad de los recursos naturales que contiene. La designación en el año 1984 de la cuenca de Urdaibai como «Reserva de la Biosfera», por parte de la UNESCO, a propuesta del Gobierno Vasco, puso de manifiesto el interés de la comunidad científica en la protección de esta área. La interrelación, influencia y conexión de los sectores que constituyen la Reserva imponen la necesidad de contemplar conjuntamente el área de su cuenca hidrográfica, y el territorio a ella conexo. Este territorio comprende, pues, el área delimitada por las divisorias de aguas que vierten sobre el litoral comprendido entre el cabo Matxitxako y la punta de Arbolitz, abarcando la desembocadura de Urdaibai. Presenta varios sistemas naturales de extraordinaria importancia y aceptable nivel de conservación, destacando el sistema estuarino, el sistema cárstico con el encinar cantábrico y la costa. Estos sistemas naturales requieren una urgente y’decidida protección. Asimismo, conforme al manifiesto de la Estrategia Mundial para la Conservación elaborado por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y los Recursos Naturales (U.I.C.N.), se ha procedido a la inclusión de los yacimientos arqueológicos declarados entre las zonas a proteger.

 
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La Ermita de Santa Catalina.

Está ubicada en una pequeña península con el mismo nombre, en un paraje con alto valor geoestratégico debido a su buena visibilidad y a su fácil defensa. El templo actual data de 1879, cuando fue reedificado, pero desde la Edad Media se ha utilizado como lugar de reuniones, hospital en épocas de epidemias e, incluso, como fortín defensivo.
A pesar de las diversas reedificaciones, debidas en buena medida a que por su ubicación la ermita sufre constantemente los efectos de los temporales, el edificio mantiene un estilo de transición entre el gótico y el renacimiento. Por otro lado, desde el plano histórico también hay que prestar atención a las murallas que rodean al edificio, que datan también de la época en la que fue reedificado.
En la actualidad se trata de uno de los elementos con más atracción turística del municipio, y así se indica en diversos apartados de la web municipal. Además, los habitantes de la localidad celebran cada 25 de noviembre una jornada festiva en honor a Santa Catalina en las inmediaciones del edificio y en su interior. (Wikiloc).
En particular, el artículo 6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad señala que corresponde a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), el ejercicio de las funciones administrativas a las que se refiere esta ley, respetando lo dispuesto en los Estatutos de Autonomía de las Comunidades autónomas del litoral, en los siguientes supuestos: a) cuando se trate de espacios, hábitats o áreas críticas situados en áreas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, siempre que no concurran los requisitos del artículo 36.1 de la misma ley; b) cuando afecten, bien a especies cuyos hábitats se sitúen en los espacios a que se refiere el epígrafe anterior, bien a especies marinas altamente migratoria; c) cuando, de conformidad con el derecho internacional, España tenga que gestionar espacios situados en los estrechos sometidos al Derecho internacional o en alta mar.

 
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Imagen del estuario desde Mundaka. 

En este sentido, la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, establece en su artículo 28 las funciones de la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para la consecución de los objetivos de conservación de la biodiversidad marina y de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España, especificando en el apartado c) la función de declarar y gestionar las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves en el medio marino, en los supuestos establecidos en el artículo 6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

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Callejuela de la localidad de Mundaka. 

Por otro lado, el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, aprobado por el Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, establece como Objetivo 3.11, con nivel de prioridad 1, establecer Áreas Marinas Protegidas y espacios de la Red Natura 2000 en el medio marino y asegurar su gestión coherente.

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Puerto de Mundaka. 
 
Asimismo, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2012, por el que se aprueban los objetivos ambientales de las estrategias marinas españolas (publicado por Resolución de 13 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, BOE n.º 285, 27/11/2012), establece en su objetivo ambiental A.2.2 que las demarcaciones marinas deberán completar la Red Natura 2000, mediante la designación de ZEPA, la propuesta de nuevos Lugares de Importancia Comunitaria y la elaboración y 
aplicación de planes de gestión que aseguren la preservación de los valores por los que se declaran estos espacios.

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Cerrando la boca de la ría se halla la Isla de Ízaro que forma un pequeño archipiélago con los islotes Hotzarri y Potorro-harri entre otros. Ízaro estuvo unida al continente por el cabo de Antzora; actualmente está separado del mismo por un canal arenoso.

En España existe una gran variedad de ambientes y ámbitos geográficos marinos, lo que determina la gran diversidad de aves marinas presentes. Un alto número de estas especies de aves se reproduce con regularidad en el territorio español, teniendo, algunas de ellas (la pardela balear y la gaviota de Audouin, entre otras), sus principales enclaves reproductores en España. Además, otras tantas especies de aves procedentes principalmente del norte de Europa utilizan las aguas españolas a lo largo de sus viajes migratorios o durante el invierno. En concreto, 16 de las especies reproductoras en España están incluidas en el anexo I de la Directiva Aves.

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En esta parte son muy diversos lo arenales que se presentan en el recorrido.

En los últimos años se han desarrollado en España dos proyectos de investigación que han permitido obtener, por primera vez, la información científica necesaria para declarar nuevos lugares de la Red Natura 2000 para las aves (ZEPA) en mar abierto, aportando una visión de conjunto. El proyecto LIFE+ «Áreas Importantes para las Aves (IBA) marinas en España» (2004-2009), desarrollado por SEO/BirdLife con la participación del MAGRAMA, tuvo como resultado la publicación de un compendio de zonas propuestas por su alto valor para las aves marinas, que sentó las bases para la futura declaración de ZEPA marinas en España.

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El monte San Pedro de Atxarre y la Isla Txtxarramendi. 

Además, en el marco del proyecto LIFE+ INDEMARES «Inventario y designación de la Red Natura 2000 en áreas marinas del Estado español» (2009-2013), se han obtenido nuevos datos que han corroborado la importancia de las zonas identificadas anteriormente, consolidando la base científica en la que se apoya la 
presente propuesta.

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A partir de los resultados obtenidos en los anteriores proyectos, se han identificado una serie de espacios, en número y tamaño adecuados, para asegurar el cumplimiento de las prescripciones de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y que constituyen la base para la declaración de las 39 ZEPA marinas incluidas en el anexo I de la presente norma.
 
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Accediendo a la Isla de Txatxaramendi. 

Estas zonas han sido identificadas por ser áreas de alimentación en el mar, áreas adyacentes a las principales colonias de cría, áreas de descanso en el mar o los principales corredores migratorios marinos de estas especies. Se trata de zonas exclusivamente marinas, donde la conjunción de estos factores hace que su protección sea imprescindible para su supervivencia.
 
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Zona de campiña dentro de la Reserva. 

Al tratarse además de proteger especies altamente migratorias o bien de importancia nacional, europea e internacional, y considerando los criterios anteriormente descritos, no hay hoy por hoy evidencia científicamente avalada de que dichos espacios tengan continuidad ecológica con el medio terrestre adyacente protegido, y es por ello por lo que, en aplicación de los artículos 6 y 36.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y el artículo 28 de la Ley 41/2010, de 28 de diciembre, de protección del medio marino, es la Administración General del Estado quien declara ahora estas zonas como ZEPA.

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Ermita de San Pedro de Atxarre en el monte homónimo. Un claro exponente de encinar cantábrico el que se observa.

Esta orden ministerial ha sido sometida a la consideración de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad e informada por el Consejo Asesor de Medio Ambiente. El texto ha sido sometido a información pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos a la información, de participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

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Centro de Biodiversidad de Euskadi en la Torre Madariaga. 

Artículo 1. Objeto.
El objeto de la presente orden es la declaración de los siguientes 39 espacios de las aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción española como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), de conformidad con lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:
ES0000490 Espacio marino de la Ría de Mundaka-Cabo de Ogoño.

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Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Los espacios declarados en el artículo anterior comprenden las aguas marinas, incluidos el lecho, el subsuelo y los recursos naturales dentro de los límites que se muestran en el anexo I.
La delimitación geográfica, en formato digital, se encuentra publicada en la web oficial del Departamento (www.magrama.es).

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En este punto comienza una parte del recorrido muy interesante.

Artículo 3. Especies de aves por las que se declaran las ZEPA.
Los espacios marinos declarados ZEPA mediante la presente orden ministerial albergan como principales valores naturales los especificados en el anexo II.

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ANEXO II
Valores naturales por los que se declaran las Zonas de Especial Protección para 
las Aves (ZEPA) ES0000490 Espacio marino de la Ría de Mundaka-Cabo de Ogoño
Superficie: 175,42 Km2
Espacio marino que se extiende a lo largo de unos 30 km de franja marina litoral. Este espacio ha sido declarado por su importancia como franja marina asociada a varias colonias de cría de paíño europeo (Hydrobates pelagicus) y cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis aristotelis) establecidas a lo largo de todo el sector costero e islotes. El espacio se caracteriza por sus aguas poco profundas en el contexto del 
cantábrico oriental, donde el cormorán moñudo consigue explotar sus recursos tróficos a mayor distancia de la costa. La zona es importante también para una gran diversidad de aves marinas migratorias, entre las que destacan, por su importancia, la pardela balear (Puffinus mauretanicus (1)) y el alcatraz atlántico (Morus bassanus).
(1) La especie Puffinus mauretanicus se corresponde con la denominada Puffinus puffinus mauretanicus, con código A384 del Formulario Normalizado de Datos, y listada con esta denominación en los mapas recogidos en el anexo I de esta orden ministerial.

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- En el área de la ría se definen las siguientes zonas:
a) Zonas intermareales o supramareales constituidas por fangos con o sin vegetación y zonas de marisma.
b) Zonas intermareales o supramareales constituidas por fangos y zonas de marisma, aisladas del sistema de
circulación hídrica mediante el empleo de lezones, munas o muros de contención.

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c) Zonas supramareales aisladas mediante el empleo de lezones, munas o muros de contención del sistema
de circulación hídrica, con ocupación urbana. 
d) Zonas intermareales o supramareales de arenas.
e) Zonas submareales constituidas por el cauce de la ría. 
Se entiende por:
- Zonas supramareales, las áreas situadas por encima del nivel de pleamares medias.
- Zonas intermareales, las áreas situadas entre los niveles de pleamares medias y bajamares medias.
- Zonas submareales, las áreas situadas por debajo del nivel de bajamares medias.

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Constituye el área de litoral la zona de influencia marítimo-terrestre de la costa comprendida entre cabo Matxitxako y punta de Arbolitz, integrando las islas de Izaro, Txatxarramendi y Kanala (San Antonio)
Constituyen este área los encinares cantábricos desarrollados en ambas márgenes de la ría sobre formaciones geológicas carbonatadas.





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Embarcadero junto a la Tejera. 


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El omnipresente monte Ereñozar, con el castillo de Arteaga a sus pies. 

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En esta parte del camino hay que prestar atención con la mareas vivas. El camino con marea alta desaparece. La forma de poder pasar es continuando por las vías del tren, aunque opté por ir por la maleza.

 
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Comienzo del llamado "Corte de la ría". 


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Desde Guernica hasta Murueta se construyó a principios del siglo XX un canal rectilíneo que cortó el antiguo cauce del río, que era sinuoso. Este canal tiene 5 km de longitud y se conoce con el nombre de Corte de la Ría. Los meandros quedaron inservibles y han ido colmatándose. Parte de las marismas formadas a ambos lados del cauce se han desecado mediante estructuras llamadas munas o pólderes para destinar las tierras así ganadas a labores agrícolas o a prados de pasto para el ganado.

Un urbanizado paseo a través de robles y carpes nos acompañarán.


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Tras la recuperación ambiental del entorno de Barrutibaso, la eliminación del tendido eléctrico que recorría toda la margen derecha del cauce de la ría y la adecuación y mejora de varios caminos, el Gobierno vasco terminó recientemente, los trabajos necesarios para la construcción de una pasarela peatonal que une ambas márgenes en el entorno de Atxaga y de Enderika, la recuperación de la funcionalidad del viejo cauce a su paso por Forua, la eliminación de especies arbóreas alóctonas en varias zonas o la colocación de señalítica y panelítica que permite divulgar y poner en valor el estuario superior.


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En este tramo se anda entre carrizos. 
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Una de las maneras menos impactantes y más bonitas de conocer la reserva de Urdaibai, en su eje norte-sur, es a través del ferrocarril Bilbao a Bermeo.

Fue la familia Gandarias la que promovió a finales del siglo XIX la construcción de ferrocarril de vía estrecha que enlazaba Gernika con Bermeo y con la linea férrea Bilbao-Durango.
Desde Bilbao es una de las mejores maneras, cuando se acude sin prisas, de visitar este lugar. Desde la estación de Zugastieta, la más meridional de la Reserva, hasta Bermeo el paisaje está garantizado. Si a eso le unimos las múltiples estaciones y los lugares por donde se pasa, con buenos horarios además, hace que este medio de transporte sea de los más válidos para acceder a este lugar.

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Gernika tiene tres estaciones, esta es la "central": que si bien en este caso es el fin de la ruta, también puede ser el comienzo.

Mapa del recorrido con el track en el  enlace: http://es.wikiloc.com/wikiloc/view.do?id=7293732

 

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