lunes, 29 de febrero de 2016

ANTECEDENTES Y CONFLICTOS


Este marjal se mantuvo intacto hasta el siglo XVIII, cuando se inició su transformación para uso agrícola. En los años previos a su declaración como Parque fue objeto de varios intentos de transformación agrícola que tenía por objeto el drenaje y puesta en cultivo para facilitar la evacuación de las aguas.


Fuente:espanafascinante.com

Durante el paso de los años tuvo lugar diferentes acontecimientos que han servido de precedente para el actual uso y estado del marjal. A continuación, se señalan algunos de  los hechos más importantes:
En 1966 los agricultores de la zona solicitaron formalmente la iniciación del procedimiento de concentración parcelaria, tal solicitud fue formulada al Servicio Nacional de Concentración Parcelaria y Ordenación Rural a través de su delegación en Cuenca.
En 1970 el Decreto 1068 de 21 de marzo, declara de utilidad pública la concentración parcelaria de la zona, y encarga el IRYDA (Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario) de la elaboración de un plan para la transformación del marjal.
En 1971, se redacta el anteproyecto para el establecimiento de la red de drenajes, sistema de riego y caminos de la zona.
En 1972 se designa una comisión local para el seguimiento y colaboración en las actuaciones.
Se redacta en 1975 el plan de actuación del IRYDA para la zona, el cual debería de haber concluido la concentración parcelaria en 1978. Sin embargo, actualmente está paralizada.
En 1985 se produjo el traspaso de competencias del Estado a la Comunidad Valenciana, paralizando el proyecto de transformación del IRYDA.
Entre 1986 y 1994 el cultivo del arroz ocupa superficies mínimas o testimoniales debido al abandono de las obras de infraestructura proyectadas para tal fin, y otras causas como la revolución agraria o el boom turístico, el cual hizo que el  cultivo del arroz  dejará de tener rendimientos.
En 1994, la ley 11/94, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos, en su disposición adicional tercera declara el marjal Pego-Oliva como Parque Natural.
Mediante el Decreto 70/1999, de 4 de mayo, se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Pego-Oliva (PORN), el cual pretende asegurar el subministramiento de agua tanto a los pueblos de Pego y Oliva, como al parque. Al mismo tiempo el PORN contribuirá a mejorar el medio natural.
Fuente: sientealicante.com

La ley 11/94, de 27 de diciembre de Espacios Naturales Protegidos, en la que se declara el marjal como Parque Natural se puede caracterizar como una fuente de conflicto debido a que en dicha ley se menciona que “no podrán realizarse actos que comporten una transformación sensible de la realidad física o biológica que puedan llegar a hacer imposible o dificultar de manera importante la consecución de los objetivos del plan". Durante los años se ha creado un conflicto político y medio ambiental basado en su continua desecación, por parte de los agricultores de la localidad de Pego y por sus autoridades, con el fin de ganar tierras para dedicarlas al uso agrícola, frente a su conservación como Parque Natural por parte de la localidad de Oliva.

Fuente: Internet

Durante 1996 y 1998 desde la localidad de Pego se realizaron continuas acciones de desecación del marjal, quema de vegetación y construcción de caminos y diques, alterando el 50% de la superficie del Parque.  Las consecuencias de estas acciones fueron la muerte masiva de peces, como por ejemplo lisas, anguilas…, y  también el descenso del nivel del agua que comportaba el peligro de la desecación del marjal.
La medida principal ante los conflictos se ha llevado a cabo mediante la aprobación del PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales), el cual tiene como objetivo poner fin a más de treinta años de conflictos.

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