miércoles, 10 de noviembre de 2021

MANTENIMIENTO



 
MANTENIMIENTO DEL PLATÓ

        La gestión de los estudios se sustenta sobre tres pilares fundamentales: 

        1. La conservación y mejora de sus recursos naturales. 

        Como en el resto del territorio, quizás de una manera mas intensa, se realizan las labores clásicas de protección de la naturaleza, lucha contra los incendios y plagas forestales, gestión sostenible de la caza y la pesca, regulación de los aprovechamientos forestales, conservación de las vías pecuarias, etc… 

        Por otro lado, se compromete a un seguimiento pormenorizado de las especies de la fauna y flora amenazada, mejora de hábitat protegido, y conservación de los elementos geomorfológicos. 

        2. Uso público sostenible y educación ambiental. 

           La infraestructura como el centro de interpretación, los puntos de información, y la red de senderos señalizados en el parque, tienen el doble objetivo de: 

        Garantizar que el visitante disfrute de los recursos naturales de una forma no consuntiva, interpretando y respetando el medio natural. 

            Proporcionar el marco adecuado para realizar actividades de educación ambiental que garantice una formación respetuosa con la naturaleza. 

        3. Desarrollo socioeconómico. 

            La creación del parque ha supuesto un incremento en el número de visitas de la zona, lo que supone nuevas oportunidades a iniciativas turísticas, hosteleras, etc.. Además, a través del fondo verde, se subvenciona a los ayuntamientos, particulares y empresas para realizar actividades encaminadas a activar el desarrollo socioeconómico. 

            El parque cuenta con un equipo técnico encabezado por un director-conservador. La junta rectora , como órgano de participación de la sociedad en el parque natural, es un órgano colegiado de carácter asesor y consultivo, que imprime una visión multidisciplinar a la gestión del parque (compuesta por otras administraciones, ayuntamientos, agricultores, cazadores, asociaciones conservacionistas, universidades, etc.. ) 

    La normativa de aplicación en el parque es: 

                Decreto 47/2002, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales     (PORN) del Barranco del Rio Dulce. 

                    Ley 5/2003, por la que se declara el Parque Natural del Barranco del Río Dulce. 

                    Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG): Actualmente en elaboración



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